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Pues la respuesta es porque la fiscalidad es mayor, se han elevado “temporalmente“ los tipos impositivos  para los años 2013 y 2014, aunque está por ver si la citada temporalidad de la medida no pasa a convertirse en definitiva. En el mes de Enero se elevaron los tipos impositivos de las rentas del trabajo. Existen desgravaciones que se han tocado, como es el 5% adicional para los primeros 4500€ pagados para viviendas compradas antes del 2006, medida que afecta a la gran parte de los contribuyentes.

Una de las medidas que más va a mermar nuestros bolsillos, es la derogación del régimen transitorio de compensación fiscal por adquisición de vivienda habitual con anterioridad a 20 de Enero de 2006. Con plenos efectos a partir de 15 de Julio de 2012, queda derogado el régimen de compensaciones fiscales previsto en la letra c) de la disposición transitoria decimotercera de la ley del IRPF. El citado régimen de compensaciones fiscales se aplicaba a aquellos contribuyentes que hubiesen adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 20 de Enero de 2006 y tuvieran derecho a deducción por adquisición de vivienda. No queda claro si se trata de una medida de vigencia temporal para el periodo impositivo 2012 o indefinida, lo que se dio a entender en el Consejo de Ministros de 11 de Julio de 2012 por el Ministro de Hacienda cuando vino a decir que se eliminara la deducción por inversión en vivienda habitual a partir del 1 de Enero de 2013.

Respecto a las obras de rehabilitación, se mantiene la deducción siempre que las mismas estén concluidas antes del 1 de Enero de 2017.

La carga fiscal va a aumentar de manera significativa sobre las plusvalías. Hasta el año 2012, las ganancias  obtenidas a través de la trasmisión de elementos patrimoniales (Eje: venta de acciones) se incluían en la base imponible del ahorro, cuyo tipo impositivo oscila entre el 21% y 27% en función de la ganancia obtenida. Como novedad a partir de 2013, las ganancias o pérdidas por trasmisión de elementos patrimoniales adquiridas en un año de antelación, o menos, se incluirán en la base imponible general cuyo marginal oscila entre el 52% y 56%, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde resida el contribuyente.

A modo informativo, y como novedades, se encuentra el gravamen del 20% sobre los premios de lotería superiores a 2.500€, aplicable a partir del 1 de Enero de 2013.

Con efectos a partir de del 1 de Septiembre de 2012, se establecen una serie de medidas que suponen una elevación del porcentaje de retención e ingreso a cuenta, entre las que podemos citar:

  • Sobre los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, coloquios, conferencias, seminarios o derivados de elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación, el porcentaje de retención o ingreso a cuenta se eleva del 15 al 19%.
  • Sobre rendimientos de actividades económicas el citado porcentaje de retención o ingreso a cuenta, también se eleva del 15 al 19%.

Vicente & Matanza Abogados-Asesores:

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